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TEMA 2
Documentación del vehículo y conductor

Además del permiso de conducir que acredite que el conductor puede dirigir un vehículo, éste también debe contar con los siguientes documentos:

  • Permiso de Circulación
  • Tarjeta de Inspección Técnica (I.T.V) con las revisiones periódicas que ha superado
  • Recibo del Seguro Obligatorio del Automóvil

Permiso de Circulación

En el permiso de circulación figurarán entre otros datos la matrícula del vehículo junto con la fecha de primera matriculación, el nombre del titular, el número de plazas o la Masa Máxima Autorizada.

Cualquier variación que se produjera en éstos datos debe ser notificado a la Jefatura Provincial de Tráfico en el plazo máximo de 15 días por parte del conductor.

Seguro obligatorio del automóvil

El seguro obligatorio del vehículo, cubre la responsabilidad civil del conductor de un vehículo a motor que debido a la circulación causara daños en personas o bienes ajenos al conductor.

Dicho seguro es obligatorio para todos los vehículos a motor, incluidos los ciclomotores, los remolques y los semirremolques estén o no enganchados.

Tarjeta de Inspección Técnica (I.T.V)

La tarjeta de Inspección Técnica acreditará que el vehículo se encuentra en las condiciones técnicas exigidas por la DGT y al corriente de las revisiones periódicas obligatorias, y la deberán llevar de forma obligatoria los vehículos de motor, los ciclomotores, los remolques y los semirremolques.

Inspección técnica de vehículos

La frecuencia con la que se deberá realizar una inspección técnica, vendrá dada por la categoría, antigüedad, tipo de vehículo y fecha de primera matriculación.

Tipo de vehículo Antigüedad Frecuencia
Ambulancias y vehículos de servicio público dedicados al transporte escolar, con o sin taxímetro, de hasta 9 plazas incluido el conductor. Hasta 5 años Anual
Más de 5 años Semestral
Vehículos de servicio de alquiler con o sin conductor y de escuela de conductor, dedicadas al transporte de personas, y con hasta 9 plazas incluido el conductor. Hasta 2 años Exento
De 2 a 5 años Anual
Más de 5 años Semestral

Todos los vehículos que hayan pasado de manera favorable la inspección técnica de vehículos deberán llevar un distintivo situado en la parte superior derecha del parabrisas, junto con el último informe de inspección entre sus documentos.

Si el resultado de la inspección es desfavorable el vehículo no podrá circular, excepto para su traslado al taller para subsanar los defectos que se hayan observado, y para volver al taller ITV para una nueva inspección.

Si por el contrario el resultado de la inspección es negativo el vehículo no podrá circular y el traslado al taller se realizará por medios ajenos al vehículo (grúa).

En el caso de que el resultado haya sido desfavorable o negativo, el titular del vehículo tiene un plazo inferior a dos meses para reparar los defectos que se hayan encontrado. Si en ese plazo no se presenta a la inspección la estación ITV lo comunicará a la Jefatura Provincial de tráfico para que den de baja el vehículo.

Circular sin estar al corriente de la inspección técnica, supondrá además de la correspondiente denuncia, la intervención del permiso de circulación y el titular del vehículo tendrá 10 días para realizar la inspección.

Si por el contrario el resultado de la inspección es negativo el vehículo no podrá circular y el traslado al taller se realizará por medios ajenos al vehículo (grúa).

En el caso de que el resultado haya sido desfavorable o negativo, el titular del vehículo tiene un plazo inferior a dos meses para reparar los defectos que se hayan encontrado. Si en ese plazo no se presenta a la inspección la estación ITV lo comunicará a la Jefatura Provincial de tráfico para que den de baja el vehículo.

Circular sin estar al corriente de la inspección técnica, supondrá además de la correspondiente denuncia, la intervención del permiso de circulación y el titular del vehículo tendrá 10 días para realizar la inspección.

Autorización BTP

Para obtener la Autorización BTP será necesario:

  • Ser titular del permiso de conducción de la clase B
  • Tener como mínimo un año de experiencia en la conducción de vehículos de los que autoriza el permiso de la clase B, debiéndose superar la prueba de conocimientos pertinente.
    Dicho año de antigüedad podrá ser sustituido por un Certificado que demuestre que se ha seguido una formación específica teórica y práctica en un Centro Autorizado. Para ello se deberá superar una prueba teórica de conocimientos específicos.
  • Tener como mínimo 18 años

De manera general para obtener cualquier permiso de conducción, incluido el BTP, se deberá tener residencia habitual en España, no estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor o encontrarse suspendido administrativamente de forma temporal, y reunir las aptitudes psicofísicas requeridas.

Vigencia de la Autorización BTP

El período normal de vigencia de un permiso podrá verse reducido si al concederla se comprueba que el titular del mismo padece una enfermedad o deficiencia que pese a no privarle de poder conducir, sí que puede agravarse.

La administración también podrá declarar la pérdida de vigencia de la autorización BTP cuando se acredite que el conductor ha perdido la totalidad de los puntos. El conductor que circule sin permiso, será condenado a prisión que podrá ser sustituida por multa.

Aquel permiso cuya vigencia haya vencido no autorizará a su titular a conducir, y las Autoridades podrán intervenirlo si lo encuentran conduciendo con él. Así pues la autorización BTP tendrá el siguiente periodo de vigencia:

  • Cinco años de vigencia hasta que su titular cumpla los 45 años de edad
  • Tres años de vigencia hasta que su titular cumpla los 60 años de edad
  • Dos años a partir de que el titular tenga 60 años y en adelante

La vigencia de la autorización BTP será prorrogable por estos periodos, previa solicitud del titular, y una vez se haya acreditado que sigue conservando las aptitudes psicofísicas para obtener dicha autorización.

El permiso por puntos en la Autorización BTP

Los conductores tendrán una asignación inicial de 8 puntos en su permiso, que se puede ver ampliado hasta 12 en los permisos de más de 2 años en que no se haya perdido ningún punto. También contarán con 8 puntos aquellos titulares de un permiso que tras perder todos sus puntos hayan obtenido de nuevo el permiso de conducción.

Los conductores tendrán una asignación inicial de 8 puntos en su permiso, que se puede ver ampliado hasta 12 en los permisos de más de 2 años en que no se haya perdido ningún punto. También contarán con 8 puntos aquellos titulares de un permiso que tras perder todos sus puntos hayan obtenido de nuevo el permiso de conducción.

El número de puntos del permiso se reducirá con cada sanción firme en vía administrativa por la comisión de infracciones graves o muy graves. Los conductores no perderán por la acumulación de sanciones más de 8 puntos en un día, y transcurridos dos años sin haber sido sancionados, recuperará la totalidad del crédito de puntos inicial.

La Administración declarará la pérdida de vigencia de un permiso cuando su titular haya perdido todos sus puntos, debiéndolo notificar en el plazo de 15 días. Transcurridos seis meses (tres para los conductores profesionales), el titular podrá volver a solicitar un nuevo permiso.

Si a los tres años siguientes se vuelve a perder la vigencia del permiso por haber perdido de nuevo todos los puntos, no se podrá obtener un nuevo permiso hasta 12 meses después (6 meses para los conductores profesionales).

Entre las infracciones que llevan aparejada la pérdida de 6 puntos encontraremos por ejemplo, el conducir bajo los efectos de estupefacientes, con una tasa de alcohol superior a 0,50 mg/litro en aire espirado o conducir de forma temeraria.

Entre las infracciones que llevan aparejada la pérdida de 6 puntos encontraremos por ejemplo, el conducir bajo los efectos de estupefacientes, con una tasa de alcohol superior a 0,50 mg/litro en aire espirado o conducir de forma temeraria.

Por último, las infracciones que llevarán aparejada la pérdida de 3 puntos del permiso, incluirán acciones como no hacer uso del cinturón de seguridad o el sistema de retención infantil, efectuar un cambio de sentido no permitido, o conducir utilizando auriculares.

Cursos de reeducación vial

Para recuperar los puntos del permiso perdidos, se podrán realizar dos clases de cursos:

  • Curso para la recuperación parcial de puntos: Permitirá la recuperación de un máximo de 6 puntos, con una duración total de 12 horas y podrá realizarse cada dos años (cada año en el caso de los conductores profesionales.
  • Curso para recuperar el permiso de conducción: Éste curso podrá realizarse en un plazo concreto tras notificarse la perdida de vigencia del permiso. Éste plazo será de 3 meses para los conductores profesionales, y 6 meses para el resto. La duración será de 24 horas, y tras realizar el curso deberá superar un test en la Jefatura Provincial de Tráfico. Si la supera iniciará el permiso con 8 puntos.