Durante los dos primeros años de la obtención del primer permiso que le autoriza a conducir motocicletas, ¿qué tasa de alcohol en aire espirado no podrá superar?

Durante los dos años siguientes a la obtención del primer permiso o licencia que les habilita para conducir de motocicleta no tendrán permitido superar la tasa de 0,15 miligramos por litro de aire espirado cuando se les realice la prueba de alcoholemia. Recordar que un conductor con más de dos años desde la obtención de su primer permiso, dejará de ser novel.

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