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10. Señales verticales de tráfico - Actualizado en 2024

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Las Señales Verticales de Circulación en España se basan en la normativa de la Unión Europea para que sean si no iguales, similares en todos los países de la Unión (Convención de Viena).


Debido a la importancia en la seguridad existe un acuerdo internacional para mantener el mismo formato en las señalización vertical.

Así aunque cada país realiza ligeras variaciones en la tipología de las señales, se mantienen en común las señales más importantes: stop, ceda el paso, etc.

Las señales que limitan la velocidad son iguales en toda Europa así como las señales de indicación.

1. Señales de Advertencia de Peligro

Los tipos de señales de advertencia de peligro, con su nomenclatura y significado respectivos, son:

P-1. Intersección con prioridad
Peligro por la proximidad de una intersección con una vía, cuyos usuarios deben ceder el paso.


P-1a. Intersección con prioridad sobre vía a la derecha
Peligro por la proximidad de una intersección con una vía a la derecha, cuyos usuarios deben ceder el paso


P-1b. Intersección con prioridad sobre vía a la izquierda
Peligro por la proximidad de una intersección con una vía a la izquierda, cuyos usuarios deben ceder el paso.


P-1c. Intersección con prioridad sobre incorporación por la derech
Peligro por la proximidad de una incorporación por la derecha de una vía, cuyos usuarios deben ceder el paso.


P-1d. Intersección con prioridad sobre incorporación por la izquierda
Peligro por la proximidad de una incorporación por la izquierda de una vía, cuyos usuarios deben ceder el paso.


P-2. Intersección con prioridad de la derecha
Peligro por la proximidad de una intersección en la que rige la regla general de prioridad de paso.


P-3. Semáforos
Peligro por la proximidad de una intersección aislada o tramo, con la circulación regulada por semáforos.


P-4. Intersección con circulación giratoria
Peligro por la proximidad de una intersección donde la circulación se efectúa de forma giratoria en el sentido de las flechas.


P-5. Puente móvil
Peligro ante la proximidad de un puente que puede ser levantado o girado, interrumpiéndose así temporalmente la circulación.


P-6. Cruce de tranvía
Peligro por la proximidad de cruce con una línea de tranvía, que tiene prioridad de paso.


P-7. Paso a nivel con barreras
Peligro por la proximidad de un paso a nivel provisto de barreras o semibarreras.


P-8. Paso a nivel sin barreras
Peligro por la proximidad de un paso a nivel no provisto de barreras o semibarreras.


P-9a. Proximidad de un paso a nivel, puente móvil o muelle (lado derecho)
Indica, en el lado derecho, la proximidad de peligro señalizado de un paso a nivel o de un puente móvil.


P-9b. Aproximación a un paso a nivel, puente móvil o muelle (lado derecho)
Indica, en el lado derecho, la aproximación a un paso a nivel o a un puente móvil, que dista del mismo dos tercios de la distancia entre él y la correspondiente señal de advertencia del peligro.


P-9c. Cercanía de un paso a nivel, puente móvil o muelle (lado derecho)
Indica, en el lado derecho, la cercanía de un paso a nivel o a un puente móvil, que dista del mismo un tercio de la distancia entre él y la correspondiente señal de advertencia del peligro.


P-10a. Proximidad de un paso a nivel, puente móvil o muelle (lado izquierdo)
Indica, en el lado izquierdo, la proximidad de peligro señalizado de un paso a nivel o de un puente móvil.


P-10b. Aproximación a un paso a nivel, puente móvil o muelle (lado izquierdo)
Indica, en el lado izquierdo, la aproximación a un paso a nivel o a un puente móvil, que dista del mismo dos tercios de la distancia entre él y la correspondiente señal de advertencia del peligro.


P-10c. Cercanía de un paso a nivel, puente móvil o muelle (lado izquierdo)
Indica, en el lado izquierdo, la cercanía de un paso a nivel o a un puente móvil, que dista del mismo un tercio de la distancia entre él y la correspondiente señal de advertencia del peligro.


P-11. Situación de un paso a nivel sin barreras
Peligro por la presencia inmediata de un paso a nivel sin barreras.


P-11a. Situación de un paso a nivel sin barreras de más de una vía férrea
Peligro por la presencia inmediata de un paso a nivel sin barreras con más de una vía férrea.


P-12. Aeropuerto
Peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentemente vuelan aeronaves a baja altura sobre la vía.


P-13a. Curva peligrosa hacia la derecha
Peligro por la proximidad de una curva peligrosa hacia la derecha.


P-13b. Curva peligrosa hacia la izquierda
Peligro por la proximidad de una curva peligrosa hacia la izquierda.


P-14a. Curvas peligrosas hacia la derecha
Peligro por la proximidad de una sucesión de curvas próximas entre sí; la primera, hacia la derecha.


P-14b. Curvas peligrosas hacia la izquierda
Peligro por la proximidad de una sucesión de curvas próximas entre sí; la primera, hacia la izquierda.


P-15. Perfil irregular
Peligro por la proximidad de un resalto o badén en la vía o pavimento en mal estado.


P-15a. Resalto
Peligro por la proximidad de un resalto en la vía.


P-15b. Badén
Peligro por la proximidad de un badén en la vía.


P-16a. Bajada peligrosa
Peligro por la existencia de un tramo de vía con fuerte pendiente descendente. La cifra indica la pendiente en porcentaje.


P-16b. Subida con fuerte pendiente
Peligro por la existencia de un tramo de vía con fuerte pendiente ascendente. La cifra indica la pendiente en porcentaje.


P-17. Estrechamiento de calzada
Peligro por la posibilidad de una zona de la vía en la que se estrecha la calzada.


P-17a. Estrechamiento de calzada por la derecha
Peligro por la proximidad de una zona de la vía en la que la calzada se estrecha por el lado de la derecha.


P-17b. Estrechamiento de calzada por la izquierda
Peligro por la proximidad de una zona de la vía en la que la calzada se estrecha por el lado de la izquierda.


P-18. Obras
Peligro por la proximidad de un tramo de vías en obras.


P-19. Pavimento deslizante
Peligro por la proximidad de una zona de la calzada cuyo pavimento puede resultar muy deslizante.


P-20. Peatones
Peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por peatones.


P-21. Niños
Peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por niños, tales como escuelas, zona de juegos, etc.


P-22. Ciclista
Peligro por la proximidad de un paso para ciclistas o de un lugar donde frecuentemente los ciclistas salen a la vía o la cruzan.


P-23. Paso de animales domésticos
Peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentemente la vía puede ser atravesada por animales domésticos.


P-24. Paso de animales en libertad
Peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentemente la vía puede ser atravesada por animales en libertad.


P-25. Circulación en los dos sentidos
Peligro por la proximidad de una zona de la calzada donde la circulación se realiza provisional o permanentemente en los dos sentidos.


P-26. Desprendimiento
Peligro por la proximidad a una zona con desprendimientos frecuentes y la consiguiente posible presencia de obstáculos en la calzada.


P-27. Muelle
Peligro debido a que la vía desemboca en un muelle o en una corriente de agua.


P-28. Proyección de gravilla
Peligro por la proximidad de un tramo de vía donde existe el riesgo de que se proyecte gravilla al pasar los vehículos.


P-29. Viento transversal
Peligro por la proximidad de una zona donde sopla frecuentemente viento fuerte en dirección transversal.


P-30. Escalón lateral
Peligro por la existencia de un desnivel a lo largo de la vía en el lado que indique el símbolo.


P-31. Congestión
Peligro por la proximidad de un tramo en que la circulación se encuentra detenida o dificultada por congestión del tráfico.


P-32. Obstrucción en la calzada
Peligro por la proximidad de un lugar en que hay vehículos que obstruyen la calzada debido a avería, accidente u otras causas.


P-33. Visibilidad reducida
Peligro por la proximidad de un tramo en que la circulación se ve dificultada por una perdida notable de visibilidad debida a niebla, lluvia, nieve, humos, etc.


P-34. Pavimento deslizante por hielo o nieve
Peligro por la proximidad de una zona de la calzada cuyo pavimento puede resultar especialmente deslizante a causa del hielo o nieve.


P-50. Otros peligros
Indica la proximidad de un peligro distinto de los advertidos por otras señales.

2. Señales de Reglamentación

Las Señales de Reglamentación en España indican prioridades, prohibiciones, obligaciones y restricciones en la vía.

Se caracterizan por ser circulares, salvo las de prioridad, que tienen formas especiales dada su importancia sobre el resto.

2.1 Señales de Prioridad


R-1. Ceda el paso
Obligación para todo conductor de ceder el paso en la próxima intersección a los vehículos que circulen por la vía a la que se aproxime o al carril al que pretende incorporarse.


R-2. Detención obligatoria
Obligación para todo conductor de detener su vehículo ante la próxima línea de detención o, si no existe, inmediatamente antes de la intersección, y ceder el paso en ella a los vehículos que circulen por la vía a la que se aproxime. Si, por circunstancias excepcionales, desde el lugar donde se ha efectuado la detención no existe visibilidad suficiente, el conductor deberá detenerse de nuevo en el lugar desde donde tenga visibilidad, sin poner en peligro a ningún usuario de la vía.


R-3. Calzada con prioridad
Indica a los conductores de los vehículos que circulen por una calzada su prioridad en las intersecciones sobre los vehículos que circulen por otra calzada.


R-4. Fin de prioridad
Indica la proximidad del lugar en que la calzada por la que se circula pierde su prioridad respecto a otra calzada.


R-5. Prioridad en sentido contrario
Prohibición de entrada en un paso estrecho mientras no sea posible atravesarlo sin obligar a los vehículos que circulen en sentido contrario a detenerse.


R-6. Prioridad respecto al sentido contrario
Indica a los conductores que, en un próximo paso estrecho, tienen prioridad con relación a los vehículos que circulen en sentido contrario.


2.2 Señales de Prohibición de Entrada

Las Señales de Prohibición de Entrada son aquellas que restringen el acceso a una vía. Estas señales son circulares y de color blanco con un borde rojo.


R-100. Circulación prohibida
Prohibición de circulación de toda clase de vehículos en ambos sentidos.


R-101. Entrada prohibida
Prohibición de acceso a toda clase de vehículos.


R-102. Entrada prohibida a vehículos de motor
Prohibición de acceso a vehículos de motor.


R-103. Entrada prohibida a vehículos de motor, excepto motociclos de dos ruedas sin sidecar
Prohibición de acceso a vehículos de motor. No prohíbe el acceso a motocicletas con dos ruedas.


R-104. Entrada prohibida a motocicleta
Prohibición de acceso a motocicletas.


R-105. Entrada prohibida a ciclomotores
Prohibición de acceso a ciclomotores de dos y tres ruedas y cuadriciclos ligeros. Igualmente prohíbe la entrada a vehículos para personas de movilidad reducida.

R-106. Entrada prohibida a vehículos destinados al transporte de mercancías
Prohibición de acceso a vehículos destinados al transporte de mercancías, entendiéndose como tales camiones y furgones independientemente de su masa.


R-107. Entrada prohibida a vehículos destinados al transporte de mercancías con mayor peso autorizado que el indicado
Prohibición de acceso a toda clase de vehículos destinados al transporte de mercancías si su peso máximo autorizado es superior al indicado. Prohíbe el acceso aunque circulen vacíos.


R-108. Entrada prohibida a vehículos que transporten mercancías peligrosas
Prohibición de paso a toda clase de vehículos que transporten mercancías peligrosas y que deban circular de acuerdo con su reglamentación especial.


R-109. Entrada prohibida a vehículos que transporten mercancías explosivas o inflamables
Prohibición de paso a toda clase de vehículos que transporten mercancías explosivas o fácilmente inflamables.


R-110. Entrada prohibida a vehículos que transporten productos contaminantes del agua
Prohibición de paso a toda clase de vehículos que transporten más de mil litros de productos capaces de contaminar el agua.

R-111. Entrada prohibida a vehículos agrícolas de motor
Prohibición de acceso a tractores y otras máquinas agrícolas autopropulsadas.


R-112. Entrada prohibida a vehículos de motor con remolque, que no sea un semirremolque o un remolque de un solo eje
La inscripción de una cifra de tonelaje, ya sea sobre la silueta del remolque, ya en una placa suplementaria, significa que la prohibición de paso solo se aplica cuando el peso máximo autorizado del remolque supere dicha cifra.


R-113. Entrada prohibida a vehículos de tracción animal
Prohibición de acceso a vehículos de tracción animal.


R-114. Entrada prohibida a ciclos
Prohibición de acceso a ciclos.


R-115. Entrada prohibida a carros de mano
Prohibición de acceso a carros de mano.

R-116. Entrada prohibida a peatones
Prohibición de acceso a peatones.


R-117. Entrada prohibida a animales de montura
Prohibición de acceso a animales de montura.


2.3 Señales de Restricción de Paso

Las señales de restricción de paso prohíben o limitan el acceso de los vehículos que se las encuentren de frente en el sentido de su marcha y a partir del lugar en que están situadas.

R-200. Prohibición de pasar sin detenerse
Indica el lugar donde es obligatoria la detención por la proximidad, según la inscripción que contenga, de un puesto de aduana, de policía, de peaje u otro, y que, tras ellos, pueden estar instalados medios mecánicos de detención.


R-201. Limitación de peso
Prohibición de paso de los vehículos cuyo peso en carga, o peso total, supere el indicado en toneladas.

R-202. Limitación de peso por eje
Prohibición de paso de los vehículos cuyo peso total sobre algún eje supere al indicado en toneladas.


R-203. Limitación de longitud
Prohibición de paso de los vehículos o conjunto de vehículos cuya longitud máxima, incluida la carga, supere la indicada.


R-204. Limitación de anchura
Prohibición de paso de los vehículos cuya anchura máxima, incluida la carga, supere la indicada.


R-205. Limitación de altura
Prohibición de paso de los vehículos cuya altura máxima, incluida la carga, supere la indicada.


2.4 Otras señales de Prohibición o Restricción de Paso

Prohíben o restringen a quienes se la encuentren de frente a partir del lugar en que estén situadas y en el sentido de su marcha.

R-300. Separación mínima
Prohibición de circular sin mantener con el vehículo precedente una separación igual o mayor a la indicada en la señal, excepto para adelantar.

Si aparece sin la indicación en metros, recuerda de forma genérica que debe guardarse la distancia de seguridad entre vehículos reglamentaria.


R-301. Velocidad máxima
Prohibición de circular a velocidad superior, en kilómetros por hora, a la indicada en la señal. Obliga desde el lugar en que esté situada hasta la próxima señal "fin de la limitación de velocidad", de "fin de prohibiciones" u otra de "velocidad máxima", salvo que esté colocada en el mismo poste que una señal de advertencia de peligro o en el mismo panel que ésta, en cuyo caso la prohibición finaliza cuando termine el peligro señalado. Situada en una vía sin prioridad, deja de tener vigencia al salir de una intersección con una vía con prioridad. Si el límite indicado por la señal coincide con la velocidad máxima permitida para el tipo de vía, recuerda de forma genérica la prohibición de superarla.


R-302. Giro a la derecha prohibido
Prohibición de cambiar de dirección a la derecha.


R-303. Giro a la izquierda prohibido
Prohibición de girar a la izquierda. Incluye, también, la prohibición del cambio de sentido de marcha.


R-304. Media vuelta prohibida
Prohibición de cambiar el sentido de la marcha.


R-305. Adelantamiento prohibido
Por añadidura a los principios generales sobre adelantamiento, indica la prohibición a todos los vehículos de adelantar a los vehículos de motor que circulen por la calzada, salvo que éstos sean motocicletas de dos ruedas y siempre que no se invada la zona reservada al sentido contrario, a partir del lugar en que esté situada la señal y hasta la próxima señal de "Fin de prohibición de adelantamiento" o de "Fin de prohibiciones". Colocada en aquellos lugares donde por norma esté prohibido el adelantamiento, recuerda de forma genérica la prohibición de efectuar esta maniobra.

R-306. Adelantamiento prohibido para camiones
Prohibición a los camiones cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kilogramos, de adelantar a los vehículos de motor que circulen por la calzada, salvo que éstos sean motocicletas de dos ruedas y siempre que no se invada la zona reservada al sentido contrario, a partir del lugar en que esté situada la señal y hasta la próxima señal de "Fin de prohibición de adelantamiento para camiones" o de "Fin de prohibiciones".


R-307. Parada y estacionamiento prohibido
Prohibición de parada y estacionamiento en el lado de la calzada en que esté situada la señal. Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima.


R-308. Estacionamiento prohibido
Prohibición de estacionamiento en el lado de la calzada en que este situada la señal. Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima. No prohíbe la parada.

R-308a. Estacionamiento prohibido los días impares
Prohibición de estacionamiento en el lado de la calzada en que este situada la señal, los días impares. Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima. No prohíbe la parada.


R-308b. Estacionamiento prohibido los días pares
Prohibición de estacionamiento en el lado de la calzada en que esté situada la señal, los días pares. Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima. No prohíbe la parada.


R-308c. Estacionamiento prohibido la primera quincena
Prohibición de estacionamiento en el lado de la calzada en que esté situada la señal, desde las nueve horas del día 1 hasta las nueve horas del día 16.
Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima. No prohíbe la parada.


R-308d. Estacionamiento prohibido la segunda quincena
Prohibición de estacionamiento en el lado de la calzada en que este situada la señal, desde las nueve horas del día 16 hasta las nueve horas del día 1. Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima. No prohíbe la parada.

R-308e. Estacionamiento prohibido en vado
Prohíbe el estacionamiento delante de un vado.


R-309. Zona de estacionamiento limitado
Zona de estacionamiento de duración limitada y obligación al conductor de indicar, de forma reglamentaria, la hora de comienzo del estacionamiento.


R-310. Advertencias acústicas prohibidas
Recuerda la prohibición general de efectuar señales acústicas, salvo para evitar un accidente.


2.5 Señales de Obligación

Son aquellas que señalan una norma de circulación obligatoria.

R-400. Sentido obligatorio
La flecha señala la dirección y sentido que los vehículos tienen la obligación de seguir.

R-401. Paso obligatorio
La flecha señala el lado del refugio, de la isleta o del obstáculo por el que los vehículos han de pasar obligatoriamente.


R-402. Intersección de sentido giratorio-obligatorio
Las flechas señalan la dirección y sentido del movimiento giratorio que los vehículos deben seguir.



R-403. Únicas direcciones permitidas
Las flechas señalan las únicas direcciones y sentidos que los vehículos pueden tomar.


R-404. Calzada para automóviles, excepto motocicletas de dos ruedas sin sidecar
Obligación para los conductores de automóviles, excepto motocicletas de dos ruedas sin sidecar, de circular por la calzada a cuya entrada esté situada.

R-405. Calzada para motocicletas de dos ruedas sin sidecar
Obligación para los conductores de motocicletas de dos ruedas sin sidecar de circular por la calzada a cuya entrada esté situada.


R-406. Calzada para camiones
Obligación para los conductores de toda clase de camiones, independientemente de su peso, de circular por la calzada a cuya entrada esté situada. La inscripción de una cifra de tonelaje, ya sea sobre la silueta del vehículo, ya en otra placa suplementaria, significa que la obligación sólo se aplica cuando el peso máximo autorizado del vehículo o del conjunto de vehículos supere la citada cifra.


R-407a. Vía reservada para ciclos o vía ciclista
Obligación para los conductores de ciclos de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla.


R-407b. Vía reservada a ciclomotores (señal ciclomotor)
Obligación para los conductores de ciclomotores de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla.

R-408. Camino para vehículos de tracción animal
Obligación para los conductores de vehículos de tracción animal de utilizar el camino a cuya entrada esté situada.


R-409. Camino reservado para animales de montura
Obligación para los jinetes de utilizar con sus animales de montura el camino a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarlo.


R-410. Camino reservado para peatones
Obligación para los peatones de transitar por el camino a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarlo.


R-411. Velocidad mínima
Obligación para los conductores de vehículos, de circular, por lo menos, a la velocidad indicada por la cifra, en kilómetros por hora, que figure en la señal, desde el lugar en que este situada hasta otra de 'velocidad mínima' diferente, o de 'fin de velocidad mínima' o de 'velocidad máxima' de valor igual o inferior.


R-412. Cadenas para nieve
Obligación de no proseguir la marcha sin cadenas para nieve u otros dispositivos autorizados, que actúen al menos en una rueda a cada lado del mismo eje motor.

R-413. Alumbrado de corto alcance (cruce)
Obligación para los conductores de circular con el alumbrado de cruce o corto alcance al menos, con independencia de las condiciones de visibilidad o iluminación de la vía, desde el lugar en que esté situada la señal hasta otra de fin de esta Obligación.


R-414. Calzada para vehículos que transporten mercancías peligrosas
Obligación para los conductores de toda clase de vehículos que transporten mercancías peligrosas de circular por la calzada a cuya entrada está situada.


R-415. Calzada para vehículos que transporten materias contaminantes del agua
Obligación para los conductores de toda clase de vehículos que transporten más de 1.000 litros de productos capaces de contaminar el agua de circular por la calzada a cuya entrada está situada.


R-416. Calzada para vehículos que transporten materias explosivas o inflamables
Obligación para los conductores de toda clase de vehículos que transporten mercancías explosivas o inflamables, de circular por la calzada a cuya entrada está situada.


R-418. Vía exclusiva para vehículos dotados de equipo de telepeaje operativo
Telepeaje obligatorio. Obligación de efectuar el pago del peaje mediante el sistema de peaje dinámico o telepeaje; deberá estar provisto el vehículo que circule por el carril o carriles así señalizados del medio técnico que posibilite su uso en condiciones operativas de acuerdo con las disposiciones legales en la materia.


2.6 Señales de Fin de Prohibición o Restricción

R-500. Fin de prohibiciones
Señala el lugar desde el que todas las prohibiciones de carácter local, indicadas por anteriores señales de prohibición para los vehículos en movimiento, dejan de tener aplicación.


R-501. Fin de la limitación de velocidad
Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de "velocidad máxima".


R-502. Fin de la prohibición de adelantamiento
Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de "adelantamiento prohibido".


R-503. Fin de la prohibición de adelantamiento para camiones
Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de "adelantamiento prohibido para camiones".


R-504. Fin de zona de estacionamiento limitado
Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de "zona de estacionamiento limitado".


R-505. Fin de vía reservada para ciclos
Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de vía reservada para ciclos.

3. Señales de Indicación

Las Señales de Tráfico de Indicación son aquellas que informan al conductor sobre algo de interés.
Estas señales son cuadradas o rectangulares, de color azul con los elementos y el borde en blanco.

S-1. Autopista
Indica el principio de una autopista y, por tanto, el lugar a partir del cual se aplican las reglas especiales de circulación en este tipo de vía. El símbolo de esta señal puede anunciar la proximidad de una autopista o indicar el ramal de una intersección que conduce a una autopista.


S-1a. Autovía
Indica el principio de una autovía y, por tanto, el lugar a partir del cual se aplican las reglas especiales de circulación en este tipo de vía. El símbolo de esta señal puede anunciar la proximidad de una autovía o indicar el ramal de una intersección que conduce a una autovía.


S-2. Fin de autopista
Indica el final de una autopista.


S-2a. Fin de autovía
Indica el final de una autovía.


S-3. Vía reservada para automóviles
Indica el principio de una vía reservada a la circulación de automóviles.


S-4. Fin de vía reservada para automóviles
Indica el final de una vía reservada para automóviles.


S-5. Túnel
Indica el principio y eventualmente el nombre, de un túnel, de un paso inferior o de un tramo de vía equiparado a túnel. Podrá llevar en su parte inferior la indicación de la longitud del túnel en metros.


S-6. Fin de túnel
Indica el final de un túnel, de un paso inferior o de un tramo de vía equiparado a túnel.


S-7. Velocidad máxima aconsejable
Recomienda una velocidad aproximada de circulación, en kilómetros por hora, que se aconseja no sobrepasar, aunque las condiciones meteorológicas y ambientales de la vía y de la circulación sean favorables. Cuando esté colocada bajo una señal de advertencia de peligro, la recomendación se refiere al tramo en que dicho peligro subsista.


S-8. Fin de velocidad máxima aconsejada
Indica el final de un tramo en el que se recomienda circular a la velocidad en kilómetros por hora indicada en la señal.


S-9. Intervalo aconsejado de velocidades
Recomienda mantener la velocidad entre los valores indicados, siempre que las condiciones meteorológicas y ambientales de la vía y de la circulación sean favorables. Cuando está colocada debajo de una señal de advertencia de peligro, la recomendación se refiere al tramo en que dicho peligro subsista.


S-10. Fin de intervalo aconsejado de velocidades
Indica el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de "intervalo aconsejado de velocidades"


S-11. Calzada de sentido único
Indica que, en la calzada que se prolonga en la dirección de la flecha, los vehículos deben circular en el sentido indicado por esta, estando prohibida la circulación en sentido contrario.


S-11a. Calzada de sentido único
Indica que, en la calzada que se prolonga en la dirección de las flechas (dos carriles), los vehículos deben circular en el sentido indicado por estas, estando prohibida la circulación en sentido contrario.


S-11b. Calzada de sentido único
Indica que, en la calzada que se prolonga en la dirección de las flechas (tres carriles), los vehículos deben circular en el sentido indicado por estas, estando prohibida la circulación en sentido contrario


S-12. Tramo de calzada de sentido único
Indica que, en el tramo de calzada que se prolonga en la dirección de la flecha, los vehículos deben circular en el sentido indicado por esta, estando prohibida la circulación en sentido contrario


S-13. Situación de un paso para peatones
Indica la situación de un paso para peatones


S-14a. Paso superior para peatones
Indica la situación de un paso superior para peatones.


S-14b. Paso inferior para peatones
Indica la situación de un paso inferior para peatones.


S-15. Preseñalización de calzada sin salida
Indica que, de la calzada que figura en la señal con un recuadro rojo, los vehículos sólo pueden salir por el lugar de entrada.


S-16. Zona de frenado de emergencia
Indica la situación de una zona de escape de la calzada, acondicionada para que un vehículo pueda ser detenido en caso de fallo de su sistema de frenado.

S-17b. Estacionamiento
Indica un emplazamiento donde está autorizado el estacionamiento de vehículos. Una inscripción o un símbolo, representando ciertas clases de vehículos, indica que el estacionamiento está reservado a esas clases. Una inscripción con indicaciones de tiempo limita la duración del estacionamiento señalado.


S-18. Lugar reservado para taxis
Indica el lugar reservado a la parada y al estacionamiento de taxis libres y en servicio. La inscripción de un número indica el número total de espacios reservados a este fin.


S-19. Parada de autobuses
Indica el lugar reservado para parada de autobuses.


S-20. Parada de tranvías
Indica el lugar reservado para parada de tranvías.


S-21. Puerto de montaña
Indica la situación de transitabilidad del puerto o tramo definido en la parte superior de la señal. El panel 1 de la señal S-21. llevará una de estas dos indicaciones: «abierto» (1.a), «cerrado» (1.b). El panel 2 de la señal S-21. podrá ir en blanco, en cuyo caso no indica prescripción alguna; o bien indicar que el uso de cadenas para nieve es obligatorio o está recomendado. Cuando el panel 1 de la señal S-21. indica «cerrado», el panel 3 podrá llevar la indicación del lugar hasta el que la carretera esté transitable, en las condiciones que se indiquen en el panel 2.


S-22. Cambio de sentido al mismo nivel
Indica la proximidad de una salida a través de la cual se puede efectuar un cambio de sentido a un mismo nivel.


S-23. Hospital
Indica, además, a los conductores de vehículos la conveniencia de tomar las precauciones que requiere la proximidad de establecimientos médicos, especialmente la de evitar la producción de ruido.


S-24. Fin de obligación de alumbrado de corto alcance
Indica el final de un tramo en que es obligatorio el alumbrado de cruce o corto alcance y recuerda la posibilidad de prescindir de éste, siempre que no venga impuesto por circunstancias de visibilidad, horario o iluminación de la vía.


S-25. Cambio de sentido a distinto nivel
Indica la proximidad de una salida a través de la cual se puede efectuar un cambio de sentido a distinto nivel.


S-26. Panel de aproximación a salida
Indica en una autopista, en una autovía o en una vía para automóviles que la próxima salida está situada, aproximadamente, a 300, 200 y 100 metros respectivamente.


S-27. Auxilio en carretera
Indica la situación del poste o puesto de socorro más próximo desde el que se puede solicitar auxilio en caso de accidente o avería. La señal puede indicar la distancia a la que éste se halla.


S-28. Zona residencial
Indica las zonas de circulación especialmente acondicionadas que están destinadas en primer lugar a los peatones y en las que se aplican las normas especiales de circulación siguientes: la velocidad máxima de los vehículos está fijada en 20 kilómetros por hora y los conductores deben conceder prioridad a los peatones. Los vehículos no pueden estacionarse más que en los lugares designados por señales o por marcas.
Los peatones pueden utilizar toda la zona de circulación. Los juegos y los deportes están autorizados en ella. Los peatones no deben estorbar inútilmente a los conductores de vehículos.


S-29. Fin de zona residencial
Indica que se aplican de nuevo las normas generales de circulación.


S-30. Zona a 30
Indica la zona de circulación especialmente acondicionada que está destinada en primer lugar a los peatones. La velocidad máxima de los vehículos está fijada en 30 kilómetros por hora. Los peatones tienen prioridad.


S-31. Fin de zona a 30
Indica que se aplican de nuevo las normas generales de circulación.


S-32. Telepeaje
Indica que el vehículo que circule por el carril o carriles así señalizados puede efectuar el pago del peaje mediante el sistema de peaje dinámico o telepeaje, siempre que esté provisto del medio técnico que posibilite su uso.


S-33. Senda ciclable
Indica la existencia de una vía para peatones y ciclos, segregada del tráfico motorizado, y que discurre por espacios abiertos, parques, jardines o bosques.

S-34. Apartadero en túneles
Indica la situación de un lugar donde se puede apartar el vehículo en un túnel, a fin de dejar libre el paso.


S-34a. Apartadero en túneles
Indica la situación de un lugar donde se puede apartar el vehículo en un túnel, a fin de dejar libre el paso, y que dispone de teléfono de emergencia.


3.1 Señales de Carriles

Estas señales indican la finalidad de los carriles o el paso de uno a varios, etc.

Carriles, obligatorios para tráfico lento y reservados para tráfico rápido
Indica que el carril sobre el que está situada la señal de velocidad mínima sólo puede ser utilizado por los vehículos que circulen a velocidad igual o superior a la indicada aunque si las circunstancias lo permiten deben circular por el carril de la derecha.

S-51. Carril reservado para autobuses
Indica la prohibición a los conductores de los vehículos que no sean de transporte colectivo de circular por el carril indicado. La mención 'taxi' autoriza también a los taxis la utilización de este carril.
En los tramos en que la marca blanca longitudinal este constituida, en el lado exterior de este carril, por una línea discontinua, se permite su utilización general exclusivamente para realizar alguna maniobra, que no sea la de parar, estacionar, cambiar el sentido de la marcha o adelantar, dejando siempre preferencia a los autobuses y, en su caso, a los taxis.


S-52. Final de carril destinado a la circulación
Preseñaliza el carril que va a cesar de ser utilizable, indicando el cambio de carril preciso.


S-53. Paso de uno a dos carriles de circulación
Indica en un tramo con un solo carril en un sentido de circulación, que en el próximo tramo se va a pasar a disponer de dos carriles en el mismo sentido de la circulación.


S-53b. Paso de dos a tres carriles de circulación
Indica, en un tramo con dos carriles en un sentido de circulación, que en el próximo tramo se va a pasar a disponer de tres carriles en el mismo sentido de circulación.


S-60a. Bifurcación hacia la izquierda en calzada de dos carriles
Indica, en una calzada de dos carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo el carril de la izquierda se bifurcará hacia ese mismo lado.


S-60b. Bifurcación hacia la derecha en calzada de dos carriles
Indica, en una calzada de dos carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo el carril de la derecha se bifurcará hacia ese mismo lado.


S-61a. Bifurcación hacia la izquierda en calzada de tres carriles
Indica, en una calzada con tres carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo el carril de la izquierda se bifurcará hacia ese mismo lado.


S-61b. Bifurcación hacia la derecha en calzada de tres carriles
Indica, en una calzada con tres carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo el carril de la derecha se bifurcará hacia ese mismo lado.


S-62a. Bifurcación hacia la izquierda en calzada de cuatro carriles
Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo el carril de la izquierda se bifurcará hacia ese mismo lado.


S-62b. Bifurcación hacia la derecha en calzada de cuatro carriles
Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo el carril de la derecha se bifurcará hacia ese mismo lado.


S-63. Bifurcación en calzada de cuatro carriles
Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo los dos carriles de la izquierda se bifurcarán hacia la izquierda y los dos de la derecha hacia la derecha.


S-64. Carril bici o vía ciclista adosada a la calzada
Indica que el carril sobre el que está situada la señal de vía ciclista sólo puede ser utilizado por ciclos. Las flechas indicarán el número de carriles de la calzada, así como su sentido de circulación.


3.2 Señales de Servicio

Las siguientes señales indican la ubicación de un servicio en carretera.


S-100. Puesto de socorro
Indica la situación de un centro, oficialmente reconocido, donde puede realizarse una cura de urgencia.


S-101. Base de ambulancia
Indica la situación de una ambulancia en servicio permanente para cura y traslado de heridos en accidentes de circulación.


S-102. Servicio de inspección técnica de vehículos
Indica la situación de una estación de inspección técnica de vehículos (ITV).


S-103. Taller de reparación
Indica la situación de un taller de reparación de automóviles.


S-104. Teléfono de socorro
Indica la situación de un teléfono de uso permanente para advertir a las autoridades de la existencia de un accidente o emergencia en la vía.


S-105. Surtidor de carburante
Indica la situación de un surtidor o estación de servicio de carburante.


S-106. Taller de reparación y surtidor de carburante
Indica la situación de una instalación que dispone de taller de reparación y surtidor de carburante.


S-107. Campamento
Indica la situación de un lugar () donde puede acamparse.


S-108. Agua
Indica la situación de una fuente con agua.


S-109. Lugar pintoresco
Indica un sitio pintoresco o el lugar desde el que se divisa.


S-110. Hotel o motel
Indica la situación de un hotel o motel.


S-111. Restauración
Indica la situación de un restaurante.


S-112. Cafetería
Indica la situación de un bar o cafetería.


S-113. Terreno para remolques-vivienda
Indica la situación de un terreno en el que puede acamparse con remolque-vivienda (caravana).


S-114. Merendero
Indica el lugar que puede utilizarse para el consumo de comidas o bebidas.


S-115. Punto de partida para excursiones a pie
Indica un lugar apropiado para iniciar excursiones a pie.


S-116. Campamento y terreno para remolques-vivienda
Indica la situación de un lugar donde puede acamparse con tienda de campaña o con remolque-vivienda.


S-117. Albergue de juventud
Indica la situación de un albergue cuya utilización está reservada a organizaciones juveniles.


S-118. Información turística
Indica la situación de una oficina de información turística.


S-119. Coto de pesca
Indica un tramo del río o lago en el que la pesca está sujeta a autorización especial.


S-120. Parque nacional
Indica la situación de un parque nacional cuyo nombre no figura inscrito.


S-121. Monumento
Indica la situación de una obra histórica o Artística declarada monumento.


S-122. Otros servicios
señal genérica para cualquier otro servicio, que se inscribirá en el recuadro blanco.


S-123. Área de descanso
Indica la situación de un área de descanso.


S-124. Estacionamiento para usuarios del ferrocarril
Indica la situación de una zona de estacionamiento conectada con una estación de ferrocarril y destinada principalmente para los vehículos de los usuarios que realizan una parte de su viaje en vehículo privado y la otra en ferrocarril.


S-125. Estacionamiento para usuarios del ferrocarril subterráneo
Indica la situación de una zona de estacionamiento conectada con una estación de ferrocarril subterráneo y destinada principalmente para los vehículos de los usuarios que realizan una parte de su viaje en vehículo privado y la otra en ferrocarril subterráneo.


S-126. Estacionamiento para usuarios de autobús
Indica la situación de una zona de estacionamiento concertada con una estación o una terminal de autobuses y destinada principalmente para los vehículos privados de los usuarios que realizan una parte de su viaje en vehículo privado y la otra en autobús.


S-127. Área de servicio
Indica en autopista o autovía la situación de un área de servicio.

3.3 Señales de Orientación

3.3.1 Señales de Preseñalización


S-200. Preseñalización de glorieta
Indica las direcciones de las distintas salidas de la próxima glorieta si alguna inscripción figura sobre fondo verde o azul indica que la salida conduce hacia una vía rápida o hacia una autopista o autovía.


S-220. Preseñalización de direcciones hacia una carretera convencional
Indica, en una carretera convencional, las direcciones de los distintos ramales de la próxima intersección cuando uno de ellos conduce a una carretera convencional.


S-222. Preseñalización de direcciones hacia una autopista o autovía
Indica, en una carretera convencional, las direcciones de los distintos ramales de la próxima intersección cuando uno de ellos conduce a una autopista o una autovía.


S-222a. Preseñalización de direcciones hacia una autopista o una autovía y dirección propia
Indica, en una carretera convencional, las direcciones de los distintos ramales de la próxima intersección cuando uno de ellos conduce a una autopista o una autovía. También indica la dirección propia de la carretera convencional


S-225. Preseñalización de direcciones en una autopista o una autovía hacia cualquier carretera
Indica en una autopista o en una autovía las direcciones de los distintos ramales en la próxima intersección. También indica la distancia, el número y, en su caso, letra del enlace y ramal


S-230. Preseñalización con señales sobre la calzada en carretera convencional hacia carretera convencional
Indica las direcciones del ramal de la próxima salida y la distancia a la que se encuentra


S-230a. Preseñalización con señales sobre la calzada en carretera convencional hacia carretera convencional y dirección propia
Indica las direcciones del ramal de la próxima salida y la distancia a la que se encuentra. También indica la dirección propia de la carretera convencional


S-232. Preseñalización con señales sobre la calzada en carretera convencional hacia autopista o autovía
Indica las direcciones del ramal de la próxima salida y la distancia a la que se encuentra


S-232a. Preseñalización con señales sobre la calzada en carretera convencional hacia autopista o autovía y dirección propia
Indica las direcciones del ramal de la próxima salida y la distancia a la que se encuentra. También indica la dirección propia de la carretera convencional.


S-235. Preseñalización con señales sobre la calzada en autopista o autovía hacia cualquier carretera
Indica las direcciones del ramal de la próxima salida, la distancia a la que se encuentra y el número del enlace.


S-235a. Preseñalización con señales sobre la calzada en autopista o autovía
hacia cualquier carretera y dirección propia. Indica las direcciones del ramal de la próxima salida, la distancia a la que se encuentra y el número del enlace. También indica la dirección propia de la autopista o autovía.


S-242. Preseñalización en autopista o autovía de dos salidas muy próximas hacia cualquier carretera
Indica las direcciones de los ramales de las dos salidas consecutivas de la autopista o autovía, la distancia, el número del enlace y la letra de cada salida.


S-242a. Preseñalización en autopista o autovía de dos salidas muy próximas hacia cualquier carretera y dirección propia
Indica las direcciones de los ramales de las dos salidas consecutivas de la autopista o autovía, la distancia, el número del enlace y la letra de cada salida. También indica la dirección propia de la autopista o autovía.


S-250. Preseñalización de itinerario
Indica el itinerario que es preciso seguir para tomar la dirección que señala la flecha.


S-260. Preseñalización de carriles
Indica las únicas direcciones permitidas, en la próxima intersección, a los usuarios que circulan por los carriles señalados.


S-261. Preseñalización en carretera convencional de zona o área de servicios
Indica, en una carretera convencional, la proximidad de una salida hacia una zona o área de servicios.


S-263. Preseñalización en autopista o autovía de una zona o área de servicios con salida compartida
Indica, en autopista o autovía, la proximidad de una salida hacia una zona o área de servicios, siendo ésta coincidente con una salida hacia una o varias poblaciones.


S-263a. Preseñalización en autopista o autovía de una zona o área de servicios con salida exclusiva
Indica, en autopista o autovía, la proximidad de una salida hacia una zona o área de servicios.


S-264. Preseñalización en carretera convencional de una vía de servicio
Indica, en carretera convencional, la proximidad de una salida hacia una vía de servicio desde la que puede accederse a los servicios indicados.


S-266. Preseñalización en autopista o autovía de una vía de servicio, con salida compartida
Indica, en autopista o autovía, la proximidad de una salida hacia una vía de servicio desde la que puede accederse a los servicios indicados, siendo esta coincidente con una salida hacia una o varias poblaciones.


S-266a. Preseñalización en autopista o autovía de una vía de servicio, con salida exclusiva
Indica, en autopista o autovía, la proximidad de una salida hacia una vía de servicio desde la que puede accederse a los servicios indicados.


S-270. Preseñalización de dos salidas muy próximas
Indica la proximidad de dos salidas consecutivas entre las que, por carecer de distancia suficiente entre sí, no es posible instalar otras señales de orientación individualizadas para cada salida. Las letras o, en su caso, los números corresponden a los de las señales de preseñalización inmediatamente anteriores.


S-271. Preseñalización de un área de servicio
Indica, en autopista o autovía, la salida hacia un área de servicio.


3.3.2 Señales de Dirección

S-300. Poblaciones de un itinerario por carretera convencional
Indica nombres de poblaciones situadas en un itinerario constituido por una carretera convencional y el sentido por el que aquellas se alcanzan. El cajetín situado dentro de la señal define la categoría y número de la carretera. Las cifras inscritas dentro de la señal indican la distancia en kilómetros.


S-301. Poblaciones en un itinerario por autopista o autovía
Indica nombres de poblaciones situadas en un itinerario constituido por una autopista o autovía y el sentido por el que aquellas se alcanzan. El cajetín situado dentro de la señal define la categoría y número de la carretera. Las cifras inscritas dentro de la señal indican la distancia en kilómetros.


S-310. Poblaciones de varios itinerarios
Indica carreteras y poblaciones que se alcanzan en el sentido que indica la flecha.


S-320. Lugares de interés por carretera convencional
Indica lugares de interés general que no son poblaciones situados en un itinerario constituido por una carretera convencional. Las cifras inscritas dentro de la señal indican la distancia en kilómetros.


S-321. Lugares de interés por autopista o autovía
Indica lugares de interés que no son poblaciones situados en un itinerario constituido por una autopista o autovía. Las cifras inscritas dentro de la señal indican la distancia en kilómetros.


S-322. Señal de destino hacia una vía ciclista o senda ciclable
Indica la existencia en la dirección apuntada por la flecha de una vía ciclista o senda ciclable. Las cifras escritas dentro de la señal indican la distancia en kilómetros.


S-341. Señales de destino de salida inmediata hacia carretera convencional
Indica el lugar de salida de una autopista o autovía hacia una autopista o autovía hacia una carretera convencional. Indica el lugar de salida de una autopista o autovía hacia una carretera convencional. La cifra indica el número del enlace.


S-342. Señales de destino de salida inmediata hacia autopista o autovía
Indica el lugar de salida de una autopista o autovía hacia una autopista o autovía. La cifra indica el número del enlace.


S-344. Señales de destino de salida inmediata hacia una zona, área o vía de servicios
Indica el lugar de salida de cualquier carretera hacia una zona, área o vía de servicios.


S-347. Señales de destino de salida inmediata hacia una zona, área o vía de servicios, con salida compartida hacia una autopista o autovía
Indica el lugar de salida de cualquier carretera hacia una zona, área o vía de servicios, siendo esta coincidente con una salida hacia una autopista o autovía.


S-348a. Señal de destino en desvío
Indica que por el itinerario provisional de desvío y en el sentido indicado por la flecha se alcanza un determinado destino.


S-348b. Señal variable de destino
Indica que en el sentido apuntado por la flecha se alcanza el destino que aparece en la señal.


S-350. Señal sobre la calzada, en carretera convencional. Salida inmediata hacia carretera convencional
Indica, en la carretera convencional, en el lugar en que se inicia el ramal de salida, las direcciones que se alcanzan por la salida inmediata por una carretera convencional y, en su caso, el número de ésta.


S-351. Señal sobre la calzada en autopista y autovía
Indica, en autopista y autovía, en el lugar en que se inicia el ramal de salida de cualquier carretera, las direcciones que se alcanzan por la salida inmediata por una carretera convencional y, en su caso, el número de ésta. También indica el número y, en su caso, la letra del enlace y ramal.


S-354. Señal sobre la calzada, en carretera convencional. Salida inmediata hacia autopista o autovía
Indica, en el lugar en que se inicia el ramal de salida, las direcciones que se alcanzan por la salida inmediata por una autopista o una autovía y, en su caso el número de estas.


S-355. Señal sobre la calzada, en autopista, autovía y vía rápida. Salida inmediata hacia autopista o autovía
Indica, en el lugar en que se inicia el ramal de salida, las direcciones que se alcanzan por la salida inmediata por una autopista o una autovía y, en su caso, el número de estas. También indica el número y, en su caso, letra, del enlace y ramal.


S-360. Señales sobre la calzada en carretera convencional. Salida inmediata hacia carretera convencional y dirección propia
Indica, en una carretera convencional, las direcciones que se alcanzan por la salida inmediata hacia otra carretera convencional. También indica la dirección propia de la carretera convencional y su número.


S-362. Señales sobre la calzada en carretera convencional. Salida inmediata hacia autopista o autovía y dirección propia
Indica, en una carretera convencional, las direcciones que se alcanzan por la salida inmediata hacia una autopista o una autovía. También indica la dirección propia de la carretera convencional.


S-366. Señales sobre la calzada en autopista o autovía. Salida inmediata hacia carretera convencional y dirección propia
Indica, en una autopista o una autovía, las direcciones que se alcanzan por la salida inmediata hacia una carretera convencional, así como el número del enlace y, en su caso, la letra del ramal. También indica la dirección propia de la autopista o la autovía.


S-368. Señales sobre la calzada en autopista o autovía. Salida hacia autopista o autovía y dirección propia
Indica, en una autopista o una autovía, las direcciones que se alcanzan por la salida inmediata hacia una autopista o una autovía, así como el número del enlace y, en su caso, la letra del ramal. También indica la dirección propia de la autopista o de la autovía.


S-371. Señales sobre calzada en carretera convencional
Dos salidas inmediatas muy próximas hacia carretera convencional y dirección propia.


S-373. Señales sobre la calzada en autopista o autovía. Dos salidas inmediatas muy próximas hacia carretera convencional y dirección propia
Indica las direcciones de los ramales de las dos salidas consecutivas de la autopista o autovía. La distancia de la segunda, el número del enlace y la letra de cada salida. También indica la dirección propia de la autopista o autovía.


S-375. Señales sobre la calzada en autopista o autovía. Dos salidas inmediatas muy próximas hacia autopista o autovía y dirección propia
Indica las direcciones de los ramales de las dos salidas consecutivas de la autopista o autovía, la distancia de la segunda, el número del enlace y la letra de cada salida. También indica la dirección propia de la autopista o autovía.


3.3.3 Señales de Identificación de Carreteras

S-400. Itinerario Europeo
Identifica un itinerario de la Red Europea.


S-410. Autopista o Autovía
Identifica una Autopista o Autovía. Cuando ésta es de ámbito autonómico, además de la letra A y a continuación del número correspondiente o bien encima de la señal con un panel complementario, pueden incluirse las siglas de identificación de la Comunidad Autónoma.
Ninguna carretera que no tenga características de autopista o autovía podrá ser identificada con la letra A.
Cuando la Autopista o Autovía es una ronda o circunvalación la letra A podrá sustituirse por las letras indicativas de la ciudad, de acuerdo con el código establecido al efecto por los Ministerios de Fomento e Interior.


S-410a. Autopista de Peaje
Identifica una Autopista de Peaje.


S-420. Carretera de la red general del Estado
Identifica una carretera de la red general del Estado, que no sea autopista o autovía.


S-430. Carretera autonómica de primer nivel
Identifica una carretera del primer nivel, que no sea autopista o autovía, de la red autonómica de la Comunidad a la que corresponden las siglas de identificación.


S-440. Carretera autonómica de segundo nivel
Identifica una carretera del segundo nivel, que no sea autopista o autovía, de la red autonómica de la Comunidad a la que corresponden las siglas de identificación.


S-450. Carretera autonómica de tercer nivel
Identifica una carretera del tercer nivel, que no sea autopista o autovía, de la red autonómica de la Comunidad a la que corresponden las siglas de identificación.


3.3.4 Señales de Localización

S-500. Entrada a Población
Indica que se ha entrado en un poblado y que a partir de ese punto se aplican las normas de circulación en poblado.


S-510. Salida de Población
Indica que se ha salido en un poblado y que a partir de ese punto se dejan de aplicar las normas de circulación en poblado.


S-520. Situación de punto característico de la vía
Indica un lugar de interés general en la vía.


S-540. Entrada a provincia
Indica que se ha entrado en otra provincia.


S-550. Entrada a comunidad autónoma
Indica que se ha entrado en otra comunidad autónoma, mostrando sólo el nombre de la comunidad autónoma.


S-560. Entrada a comunidad autónoma
Indica que se ha entrado en otra comunidad autónoma, mostrando el nombre de la comunidad autónoma y el de la provincia.


S-570. Hito kilométrico en Autopista y Autovía
Indica el punto kilométrico de la Autopista o Autovía cuya identificación aparece en la parte superior.


S-570a. Hito kilométrico en Autopista de Peaje
Indica el punto kilométrico de la Autopista de Peaje cuya identificación aparece en la parte superior.


S-571. Hito kilométrico en Autopista y Autovía que, además, forma parte de un Itinerario Europeo
Indica el punto kilométrico de la Autopista o Autovía que, además, forma parte de un Itinerario Europeo, cuya identificación aparece en la parte superior de la señal.


S-572. Hito kilométrico en Carretera Convencional
Indica el punto kilométrico de una Carretera Convencional cuya identificación aparece en la parte superior sobre el fondo del color que corresponda a la red de carreteras a la que pertenezca:

ROJO: Carretera de la Red general del Estado (ver señal S-420).
NARANJA: Carretera Autonómica de 1er nivel (ver señal S-430).
VERDE: Carretera Autonómica de 2º nivel (ver señal S-440).
AMARILLO: Carretera Autonómica de 3er nivel (ver señal S-450).

S-573.Hito kilométrico en Itinerario Europeo
Indica el punto kilométrico de una Carretera Convencional y que forma parte de un Itinerario Europeo, cuyas letras y números aparecen en la parte superior de la señal.

ROJO: Carretera de la Red de Carreteras del Estado (ver señal S-420).
NARANJA: Carretera Autonómica de 1er nivel (ver señal S-430).


S-574. Hito miriamétrico en Autopista, Autovía, Carretera Convencional
Indica el punto kilométrico cuando aquél es múltiplo de 10.


S-575. Hito miriamétrico
Indica el punto kilométrico de una carretera, que no es autopista ni autovía, cuando aquél es múltiplo de 10.
Su color se corresponderá con el de la red de la que forma parte dicha carretera:

NARANJA: Carretera Autonómica de 1er nivel (ver señal S-430).
VERDE: Carretera Autonómica de 2º nivel (ver señal S-440).
AMARILLO: Carretera Autonómica de 3er nivel (ver señal S-450).


3.3.5 Señales de Confirmación

S-600. Confirmación de poblaciones en un itinerario por carretera convencional
Indica, en carretera convencional, los nombres y distancias en kilómetros a las poblaciones expresadas.


S-602. Confirmación de poblaciones en un itinerario por autovía o autopista
Indica, en autopista o autovía, los nombres y distancias en kilómetros a las poblaciones expresadas.


3.3.6 Señales de Uso Específico en Poblado


S-700. Lugares de la red viaria urbana
Indica los nombres de calles, avenidas, plazas, glorietas o de cualquier otro punto de la red viaria.


S-710. Lugares de interés para viajeros
Indica los lugares de interés para los viajeros, tales como estaciones, aeropuertos, zonas de embarque de los puertos, hoteles, campamentos, oficinas de turismo y automóvil club.


S-720. Lugares de interés deportivo o recreativo
Indica los lugares en que predomina un interés deportivo o recreativo.


S-730. Lugares de carácter geográfico o ecológico
Indica los lugares de tipo geográfico o de interés ecológico.


S-740. Lugares de interés monumental o cultural
Indica los lugares de interés monumental, histórico, artístico o, en general, cultural.


S-750. Zonas de uso industrial
Indica las zonas de importante atracción de camiones, mercancías y, en general, tráfico industrial pesado.


S-760. Autopistas y autovías
Indica las autopistas y autovías y los lugares a los que por ellas puede accederse.


S-770. Otros lugares y vías
Indica las carreteras que no sean autopistas o autovías, los poblados a los que por ellas pueda accederse, así como otros lugares de interés público no comprendidos en las señales S-700 a S-760.


3.4 Paneles Complementarios

S-800. Distancia al comienzo del peligro o prescripción
Indica la distancia desde el lugar donde está la señal a aquel en que comienza el peligro o comienza a regir la prescripción de aquélla. En el caso de que esté colocada bajo la señal de advertencia de peligro estrechamiento de calzada, puede indicar la anchura libre del citado estrechamiento.


S-810. Longitud del tramo peligroso o sujeto a prescripción
Indica la longitud en que existe el peligro o en que se aplica la prescripción.


S-820, S-821. Extensión de la prohibición, a un lado
Colocada bajo una señal de prohibición, indica la distancia en que se aplica esta prohibición en el sentido de la flecha.


S-830. Extensión de la prohibición, a ambos lados
Colocada bajo una señal de prohibición, indica las distancias en que se aplica esta prohibición en cada sentido indicado por las flechas.


S-840. Preseñalización de detención obligatoria
Colocada bajo la señal de ceda el paso, indica la distancia a que se encuentra la señal detención obligatoria o stop de la próxima intersección.

S-850, S-851, S-852, S-853. Itinerario con prioridad
Panel adicional de la señal R-3, que indica el itinerario con prioridad.


S-860. Genérico
Panel para cualquier otra aclaración o delimitación de la señal o semáforo bajo el que esté colocado.


S-870. Aplicación de la señalización
Indica, bajo la señal de prohibición o prescripción, que la misma se refiere exclusivamente al ramal de salida cuya dirección coincide aproximadamente con la de la flecha.


S-880. Aplicación de señalización a determinados vehículos
Indica, bajo la señal, vertical correspondiente, que la señal se refiere exclusivamente a los vehículos que figuran en el panel, y que pueden ser camiones, vehículos con remolque, autobuses o ciclos.


S-890. Panel complementario de una señal vertical
Indica, bajo otra señal vertical, que ésta se refiere a las circunstancias que se señalan en el panel como nieve, lluvia o niebla.

3.5 Otras señales

Otras señales de indicación son las siguientes:

S-900. Peligro de incendio
Advierte del peligro que representa encender un fuego.


S-910. Extintor
Indica la situación de un extintor de incendios.


S-920. Entrada a España
Indica que se ha entrado en territorio español por una carretera procedente de otro país.


S-930. Confirmación del país
Indica el nombre del país hacia el que se dirige la carretera. La cifra en la parte inferior indica la distancia a la que se encuentra la frontera.

S-940. Limitaciones de velocidad en España
Señal de información de velocidad máxima en cada tipo de carretera. Esta señal se coloca en la entrada a territorio español por una carretera procedente de otro país o junto una aduana.


S-950. Radiofrecuencia de emisoras específicas de información sobre carreteras
Indica la frecuencia a la que hay que conectar el receptor de radiofrecuencia para recibir información.


S-960. Teléfono de emergencia
Indica la situación de un teléfono de emergencia.


S-970. Apartadero
Indica la situación de un apartadero de un extintor de incendios y teléfono de emergencia.


S-980. Salida de emergencia
Indica la situación de una salida de emergencia.


S-990. Cartel flecha indicativa señal de emergencia en túneles
Indica la dirección y distancia a una salida de emergencia.