En autovías o autopistas, ¿está permitido superar la velocidad máxima fijada para la vía?
Las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales que no discurran por suelo urbano solo podrán ser rebasadas en 20 kilómetros por hora por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquellas. E cambio dicha velocidad máxima no podrá superarse en ningún caso ni en ciudad, ni en autopistas, autovías o travesías.
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A partir de la señal vertical, ¿a qué velocidad máxima circulará la motocicleta?
-A 50 km/hora. (media)
Por vías urbanas que discurran por poblado, ¿a qué velocidad máxima puede circular una motocicleta?
-A 50 km/hora en todo caso. (media)
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