En la vía interurbana por la que circula conduciendo su motocicleta, por razones de fluidez, ha sido habilitado un carril para ser utilizado en sentido contrario al habitual. ¿Le está permitido utilizar dicho carril?
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Cuando las calzadas dispongan de más de un carril de circulación en cada sentido de marcha, la autoridad encargada de la regulación del tráfico podrá habilitar, por razones de fluidez de la circulación, carriles para la utilización en sentido contrario al habitual, debidamente señalizados. La utilización de este carril queda limitada a las motocicletas y turismos, estando prohibida, por lo tanto, a los camiones, autobuses, vehículos mixtos, vehículos articulados y conjuntos de vehículos, incluidos los turismos con remolque.
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