Para poder hablar con un amigo que, también, circula en motocicleta, ¿le está permitido circular en posición paralela por el arcén?

El conductor de cualquier vehículo de tracción animal, ciclo, ciclomotor, vehículo para personas de movilidad reducida o vehículo en seguimiento de ciclistas circulará por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente. Sin embargo, el Reglamento de Circulación prohíbe que circulen en posición paralela, salvo las bicicletas y ciclomotores de dos ruedas en los casos que reglamentariamente se permitan.
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