Por esta carretera con un carril para cada sentido de la circulación y arcén pavimentado de un metro de ancho ¿a qué velocidad máxima circulará una motocicleta?
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A partir de la modificación del Reglamento de Circulación puesta en marcha a partir del 29/01/2019, en carreteras convencionales en general, a velocidad máxima a la que una motocicleta podrá circular será de 90 kilómetros por hora. Si existe una separación física de los dos sentidos de circulación, la velocidad máxima que podrá alcanzar es de 100 km/hora.
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Circula con su motocicleta por una carretera convencional que dispone de un carril para cada sentido de la marcha y de arcén pavimentado de menos de 1,50 metros de anchura. ¿A qué velocidad máxima puede circular si no tiene intención de realizar un adelantamiento?
-90 kilómetros por hora (media)
Sin una causa justificada, una motocicleta no podrá circular a una velocidad inferior a...
-60 km/hora en autopista (media)
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