Por vías urbanas que discurran por poblado, ¿a qué velocidad máxima puede circular una motocicleta?
La velocidad máxima que no deberán rebasar las motocicletas en vías urbanas y travesías se establece, con carácter general, en 50 kilómetros por hora en todo caso sin poderse rebasar para adelantar.
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Circula con su motocicleta por una vía convencional, fuera de poblado, que tiene un carril para cada sentido y arcén pavimentado de más de 1,50 metros. ¿Cuál es su velocidad máxima permitida?
-90 kilómetros por hora. (media)
Si no dispone de ningún permiso y obtiene hoy el de conducir motocicletas, ¿a qué velocidad máxima podrá circular con su motocicleta por una autopista dentro de poblado que no tiene señalizada la velocidad máxima?
-A 80 kilómetros por hora (media)
Por vías urbanas ¿a qué velocidad máxima podrá conducir su motocicleta?
-A 50 kilómetros por hora (media)
Un camión circula por una autopista fuera de poblado a 90 kilómetros por hora. ¿Puede adelantar con su motocicleta a dicho camión?
-Sí, siempre que durante el adelantamiento no se rebase la velocidad de 120 kilómetros por hora. (media)
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