Por vías urbanas que discurran por poblado, ¿a qué velocidad máxima puede circular una motocicleta?

La velocidad máxima que no deberán rebasar las motocicletas en vías urbanas y travesías se establece, con carácter general, en 50 kilómetros por hora en todo caso sin poderse rebasar para adelantar.

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A medida que aumenta la velocidad... -Aumentan las posibilidades de sufrir oscilaciones (media)

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