Sin una causa justificada, una motocicleta no podrá circular a una velocidad inferior a…

Como norma general, en autopista y autovías se deberá circular a una velocidad máxima de 120 km/hora y a un mínima de 60 km/hora. Esta normativa será extensible para turismos y motocicletas de dos o tres ruedas, aunque en determinados tramos de autopistas y autovías se puede incrementar la velocidad máxima a 130 km/hora.

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Las motocicletas de velocidad máxima menor o igual a 100 km/hora deben llevar... -Un retrovisor izquierdo aunque, opcionalmente, podrán llevar otro en el lado derecho (media)
A medida que aumenta la velocidad... -Aumentan las posibilidades de sufrir oscilaciones (media)

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