¿A partir de cuántas horas de corte de las vías públicas, por parte de los servicios de urgencia como consecuencia de un accidente de mercancías peligrosas de la clase 7, serán necesarias para tener que remitir el informe de accidentes?

El ADR obliga a remitir un informe de accidente cuando un suceso con mercancías peligrosas tiene consecuencias relevantes.

En el caso de la clase 7 (materias radiactivas):

  • Debe elaborarse el informe si la vía pública permanece cortada 3 horas o más por los servicios de urgencia (correcta).
  • Este informe describe el accidente, causas y medidas adoptadas.
  • Permite mejorar la seguridad y prevención en futuros transportes.

Por tanto, a partir de 3 horas de interrupción es obligatorio comunicar el incidente según el ADR.

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¿Cuándo tendrán las materias de la clase 7 la consideración de materiales radiactivos de alto riesgo? -Cuando su actividad es igual o superior a un umbral de protección para el transporte de 3000 A2 por bulto, con la excepción de algunos radionucleidos. (difícil)

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