Además de los documentos requeridos por otros reglamentos, se deberán llevar a bordo de la unidad de transporte de mercancías peligrosas de la clase 7, los documentos siguientes:

En el transporte de materias radiactivas (clase 7), el ADR exige llevar a bordo varios documentos específicos además de los habituales.

  • La carta de porte, donde figuran los datos del envío.
  • Las instrucciones escritas para casos de emergencia.
  • Un documento de identificación con fotografía de cada miembro de la tripulación.

Todos estos documentos garantizan la trazabilidad, seguridad y correcta actuación durante el transporte radiactivo.

677 64 10 04