Además de los documentos requeridos por otros reglamentos, se deberán llevar a bordo de la unidad de transporte de mercancías peligrosas de la clase 7, los documentos siguientes:
En el transporte de materias radiactivas (clase 7), el ADR exige llevar a bordo varios documentos específicos además de los habituales.
- La carta de porte, donde figuran los datos del envío.
- Las instrucciones escritas para casos de emergencia.
- Un documento de identificación con fotografía de cada miembro de la tripulación.
Todos estos documentos garantizan la trazabilidad, seguridad y correcta actuación durante el transporte radiactivo.
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