¿Cuál de las siguientes disposiciones suplementarias no contempladas en el ADR podrá aplicar en su territorio una Parte contratante a los transportes internacionales de mercancías peligrosas?
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- A) Restricciones de seguridad referente a los contenedores que llegan a los puertos.
- B) Restricciones al tráfico determinados días de la semana o del año.
- C) Condiciones que precisen el itinerario a seguir por los vehículos con matrícula extranjera para evitar zonas comerciales.
- D) No se pueden establecer disposiciones suplementarias no contempladas en el ADR.
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