¿Cuál debe ser la longitud mínima del lado de la placa-etiqueta nº 7D?

Las placas-etiqueta identifican los vehículos y contenedores que transportan materias radiactivas de la clase 7. Según el ADR:

  • La placa-etiqueta nº 7D debe tener una longitud mínima de lado de 250 mm (correcta).
  • Estas dimensiones garantizan su visibilidad y legibilidad a distancia.
  • Los tamaños menores (150 o 200 mm) no cumplen los requisitos reglamentarios.

Por tanto, la medida estándar de 250 mm asegura un marcado claro y reconocible en el transporte ADR.

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