¿Cuál ser la actividad total de un vehículo que transporta OCS?
En el transporte de Objetos Contaminados Superficialmente (OCS) o SCO, el ADR establece límites para garantizar la seguridad radiológica.
En particular:
- La actividad total permitida en un vehículo no debe superar 100 A2.
- Este valor limita la cantidad de material radiactivo presente en los objetos.
- Superar dicho umbral implicaría requisitos más estrictos de embalaje y control.
Por tanto, un vehículo con OCS no puede exceder 100 A2 de actividad total.
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