¿Debe aplicar el expedidor-cargador de material radiactivo lo dispuesto en el programa de aseguramiento de la calidad?

El expedidor-cargador de material radiactivo tiene la obligación de aplicar el programa de aseguramiento de la calidad establecido en el ADR.

Este programa garantiza:

  • Que las operaciones se realicen de forma segura y controlada.
  • Que los bultos, embalajes y documentos cumplan los requisitos técnicos y normativos.
  • La trazabilidad y seguridad radiológica durante el transporte.

Por tanto, su aplicación es obligatoria en todo momento, no sólo bajo requerimiento.

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