¿Deberán recibir formación los mozos de carga y descarga de las mercancías peligrosas empleadas por un transportista?
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- A) No, sólo le corresponde la formación al Consejero de Seguridad.
- B) No, sólo le corresponde la formación al Consejero de Seguridad y a los conductores, en los supuestos establecidos en el ADR.
- C) No, sólo les corresponde la formación a los conductores, en los supuestos establecidos en el ADR.
- D) Sí, además la formación debe ser completada periódicamente mediante cursos de reciclaje para tener en cuenta los cambios en la reglamentación.
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-La obligación de las empresas de transporte, carga y descarga de mercancías peligrosas, de designar consejeros de seguridad y las funciones y obligaciones de éste.
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