¿En qué categoría se incluirá un bulto transportado mediante acuerdo especial, salvo excepciones?

El ADR contempla que algunos bultos puedan transportarse bajo acuerdo especial, autorizado por la autoridad competente. En estos casos, y salvo excepciones, se aplica la clasificación más estricta:

  • El bulto se incluirá en la categoría III-Amarilla (correcta).
  • No se clasifica como II-Amarilla ni como una inexistente I-Amarilla.

La categoría III-Amarilla implica mayores medidas de control y seguridad, adecuadas al carácter excepcional de este tipo de transportes.

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En exposiciones radiactivas profesionales resultantes de las actividades de transporte, ¿cuándo no se requerirá ninguna rutina especial? -Cuando se determine que es muy improbable que la dosis efectiva supere 1mSv en un año. (difícil)
Un material radiactivo en forma especial: -Es un material que ha superado una serie de ensayos definidos en el ADR y que dispone de un certificado que asevera que lo es. (difícil)

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