¿Es necesario contar con consejero de seguridad para el transporte de materias de la clase 7?

El ADR establece que las empresas que transportan materias peligrosas deben contar con un consejero de seguridad.

Sin embargo, existe una excepción para la clase 7 (radiactivas):

  • No es necesario disponer de consejero cuando el transporte se realiza bajo la responsabilidad de la Guardia Civil.
  • En este caso, las tareas de control, seguridad y seguimiento quedan bajo la autoridad competente.

Por tanto, sólo los transportes civiles ordinarios requieren la designación formal de un consejero de seguridad.

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