Para los bultos que tengan una masa bruta superior a 30 kg, las marcas o una reproducción de éstas deberán figurar:

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En la marca que deben llevar los bultos que se transporten en cantidades exceptuadas, ¿qué número de etiqueta se deberá poner? -El primer número o único número de etiqueta que por cada mercancía peligrosa que contenga el bulto. (difícil)
¿Pueden las botellas de gases transportase de pie en un vehículo? -Sólo si son lo suficientemente estables o se transportan con dispositivos adecuados. (difícil)
¿Qué podemos observar en la columna 5 de la Tabla A del ADR? -El número de modelo de etiqueta. (difícil)

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