Para que se considere un transporte como uso exclusivo, ¿conforme a las instrucciones de qué intervinientes se deben realizar las operaciones iníciales, intermedias y finales de carga y descarga?

El transporte en uso exclusivo implica que todo el proceso se realiza bajo el control de una sola entidad responsable.

Según el ADR:

  • Las operaciones iniciales, intermedias y finales de carga y descarga deben efectuarse conforme a las instrucciones del remitente o del destinatario.
  • Esto garantiza una gestión segura y controlada del material radiactivo durante todo el trayecto.
  • La autoridad competente solo interviene en la aprobación o supervisión general, no en la operativa.

Por tanto, el control operativo recae en el remitente o destinatario del envío.

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