¿Qué cantidad mínima de mercancía peligrosa debe derramarse para que se tenga que presentar el informe de accidentes (declaración de sucesos)?
- A) Una cantidad superior a 1.000 kilogramos o 1.000 litros si la mercancía pertenece a las categorías de transporte 2.
- B) Cualquier liberación de materia radiactiva fuera de los bultos.
- C) Una cantidad superior a 333 kilogramos o 333 litros si la mercancía pertenece a las categorías de transporte 3.
El ADR exige presentar un informe de accidentes cuando ocurre cualquier liberación de materias peligrosas durante el transporte.
En el caso de la clase 7 (radiactivas):
- Basta con cualquier liberación de materia radiactiva fuera de los bultos para requerir el informe (correcta).
- No se establecen límites de peso o volumen, ya que el riesgo radiológico es alto incluso con pequeñas cantidades.
- El objetivo es garantizar la seguridad y trazabilidad de toda posible contaminación.
Por tanto, toda fuga radiactiva, por mínima que sea, debe ser comunicada mediante informe ADR.
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