¿Qué cantidad no deberá superar la intensidad máxima de radiación en cualquier punto de la superficie exterior de un bulto transportado en uso exclusivo?
El ADR fija límites de radiación en superficie para los bultos radiactivos. Cuando se transportan en uso exclusivo (vehículo destinado solo a ese envío):
- La intensidad máxima en cualquier punto de la superficie exterior no debe superar 10 mSv/h (correcta).
- Valores como 0,1 mSv/h o 1 mSv/h son demasiado bajos y no corresponden a este caso.
El límite de 10 mSv/h garantiza la seguridad radiológica bajo condiciones de transporte controlado y exclusivo.
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