¿Qué ocurre si el nivel de radiación en un punto de la superficie externa de un bulto o sobreembalaje sobrepasa 2 mSv/h y es inferior a 10 mSv/h?

Si el nivel de radiación en la superficie externa de un bulto o sobreembalaje supera los 2 mSv/h pero es inferior a 10 mSv/h, el ADR permite su transporte solo en la modalidad de uso exclusivo, cumpliendo condiciones específicas de seguridad.

Esto implica que el vehículo debe estar destinado únicamente a ese envío, con medidas adicionales para proteger al personal y al entorno.

No está prohibido su transporte por carretera, pero tampoco puede hacerse sin controles estrictos, ya que estos niveles de radiación requieren precauciones especiales para minimizar riesgos durante el traslado.

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