¿Qué tienen en común los bultos exceptuados?

Los bultos exceptuados son una categoría especial dentro de la clase 7 del ADR, diseñada para niveles mínimos de radiactividad.

Tienen en común que:

  • Contienen material radiactivo con una radiación superficial que no supera los 5 µSv/h (correcta).
  • No requieren el mismo nivel de protección que los bultos de tipo A o B.
  • Su manipulación y transporte presentan un riesgo muy bajo para las personas y el entorno.

Por ello, se consideran exentos de ciertas exigencias administrativas y de embalaje del ADR.

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