Se entiende por Cultivo:
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- A) Los materiales humanos o animales recogidos directamente de pacientes humanos o animales.
- B) Los productos derivados de organismos vivos
- C) Los residuos derivados del tratamiento médico de animales o seres humanos.
- D) El resultado de operaciones que tienen por objeto la reproducción de patógenos.
Otros exámenes de conducción relacionados
Todas las aberturas situadas en la parte inferior, para el llenado o vaciado de las cisternas que dispongan de un código de cisternas que lleve la letra A en la tercera parte, estarán equipadas, como mínimo, con:
-Dos cierres.
(difícil)
Los contenedores cisterna construidos de conformidad con las disposiciones del ADR 2011, que no se ajusten a los requisitos de marcado del ADR 2013, ¿pueden seguir siendo marcados según el ADR 2011?
-Sí, hasta la próxima inspección periódica que tenga lugar después del 1 de julio de 2013.
(difícil)
¿Se pueden realizar orificios en las cajas?
-B y C son correctas.
(difícil)
El queroseno no podrá envasarse en GRG de código:
-21A.
(difícil)
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