¿Se incluyen en la clase 3 los peróxidos orgánicos?

Los peróxidos orgánicos son sustancias con gran capacidad de reacción y descomposición, pero no pertenecen a la clase 3 del ADR.

Según la normativa:

  • La clase 3 incluye únicamente líquidos inflamables.
  • Los peróxidos orgánicos se clasifican dentro de la clase 5.2 (correcta).
  • Esta clase contempla su riesgo de combustión espontánea o explosión.

Por tanto, la respuesta es “No”: los peróxidos orgánicos no pertenecen a la clase 3, sino a la 5.2.

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