Un bulto con etiqueta 7B no podrá cargarse en un mismo contenedor:

Un bulto con etiqueta 7B, que indica la presencia de material radiactivo, no podrá cargarse en el mismo contenedor con bultos que lleven la etiqueta 1.5, correspondiente a materias explosivas muy insensibles con riesgo de explosión en masa.

Esta restricción se debe al riesgo combinado que podría generar una situación de emergencia más compleja, ya que un accidente que afecte a explosivos podría comprometer la integridad del bulto radiactivo, aumentando el peligro de liberación de radiación.

En cambio, es posible cargarlo con bultos etiquetados 7C (otro tipo de material radiactivo) si se cumplen las condiciones de seguridad establecidas en el ADR.

Tampoco es correcto afirmar que no se puede cargar con ninguna otra mercancía peligrosa, ya que depende del tipo de material y de las medidas de seguridad aplicadas.

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