Ante estas señales, ¿qué deben hacer los conductores?

El artículo 133 del Reglamento de Circulación establece que el orden de prioridad entre los diferentes tipos de señales de circulación será el siguiente:

  1. Señales y órdenes de los agentes de circulación.
  2. Señalización circunstancial que modifique el régimen normal de utilización de la vía y señales de balizamiento fijo.
  3. Semáforos.
  4. Señales verticales de circulación.
  5. Marcas viales.

Así pues en este caso deberán obedecer al semáforo y no a la señal vertical de ceda el paso.

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