Ante estas señales, ¿qué deben hacer los conductores?

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El artículo 133 del Reglamento de Circulación establece que el orden de prioridad entre los diferentes tipos de señales de circulación será el siguiente:

  1. Señales y órdenes de los agentes de circulación.
  2. Señalización circunstancial que modifique el régimen normal de utilización de la vía y señales de balizamiento fijo.
  3. Semáforos.
  4. Señales verticales de circulación.
  5. Marcas viales.

Así pues en este caso deberán obedecer al semáforo y no a la señal vertical de ceda el paso.

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