Está aparcando un cuadriciclo ligero y necesita dar marcha atrás. ¿Cómo máximo, que distancia puede recorrer hacia atrás?

Estará totalmente prohibido circular marcha atrás, pero en el caso de que sea imprescindible hacerlo, y siempre dentro de los casos previstos por el Reglamento de Circulación, el recorrido a realizar deberá ser el mínimo indispensable, no pudiendo en ningún caso ser superior a 15 metros, ni permitiendo que se invada un cruce de vías.

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