¿A partir de que peso debe un vehículo ser calzado cuando estacione o pare en una pendiente?

Todos aquellos vehículos con una masa máxima autorizada superior a 3500 kilogramos deberán ser calzados cuando paren o estacionen en un tramo con inclinación o pendiente considerable. Los calzos una vez utilizados deberán ser retirados de la vía.

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Si estaciona un vehículo con remolque en una pendiente ascendente, y no dispone de calzos, ¿qué debe hacer? -Apoyar una de las ruedas delanteras en el bordillo, orientada hacia el centro de la calzada. (media)
¿Puede un vehículo remolcar a otro en caso de detención por emergencia en una vía urbana? -Excepcionalmente y solo al lugar más próximo de inmovilización (media)

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