¿A que velocidad máxima podrán circular los vehículos que carguen mercancías peligrosas en poblado?
1. ¿A que velocidad máxima podrán circular los vehículos que carguen mercancías peligrosas en poblado?
Ver explicación
La velocidad máxima que no deberán rebasar los vehículos en vías urbanas y travesías se establece, con carácter general, en 50 kilómetros por hora, salvo para los vehículos que transporten mercancías peligrosas, que circularán como máximo a 40 kilómetros por hora.
Otros exámenes de conducción relacionados
¿Está permitido circular por una autovía, sin causa justificada, por debajo del límite mínimo de velocidad establecido para dicha vía?
-No, porqué es una velocidad anormalmente reducida. (media)
¿A qué velocidad máxima puede llegar un cuadriciclo ligero?
-45 kilómetros por hora. (media)
Un vehículo mixto, ¿a qué velocidad está permitido que adelante en esta vía?
-A 100 km/h. (media)
¿Quieres hacer los test oficiales de la DGT?
Empezar el examen