Al adelantar a un vehículo de dos ruedas, ¿qué separación lateral de seguridad es obligatorio dejar?
Al adelantar en vías fuera de poblado a peatones, animales o a vehículos de dos ruedas o de tracción animal, se deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada, y dejando una separación lateral con el vehículo adelantado, de no menos de 1,5 metros cuando el adelantamiento se realice fuera de poblado.
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¿En qué lugar debe posicionarse el vehículo adelantado para facilitar el adelantamiento?
-Ceñido al borde derecho de la calzada. (media)
Si se puede llevar a cabo la maniobra sin riesgo, ¿está permitido adelantar a los ciclistas de la imagen?
-Sí, incluso si tiene que ocupar el carril reservado al sentido contrario. (media)
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