Circula por una vía fuera de poblado y desea adelantar a una motocicleta. ¿Qué separación lateral mínima dejará al realizar el adelantamiento?

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El Reglamento de Circulación establece que cuando un vehículo adelante en una vía fuera de poblado a peatones, animales o a vehículos de dos ruedas o de tracción animal, la separación lateral mínima que deberá mantener será de 1,50 metros y deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada, siempre y cuando existan las condiciones precisas para realizar el adelantamiento.

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¿Está permitido adelantar por la derecha si existe espacio suficiente? -Sí, en vías urbanas, con dos o más carriles delimitados por marcas viales. (media)
Está prohibido el adelantamiento en las intersecciones y sus proximidades, salvo... -que la calzada goce de prioridad y esté señalizada. (media)
Antes de iniciar un adelantamiento, ¿qué debe comprobar? -Que ningún conductor ha iniciado la maniobra de adelantar a su vehículo. (media)

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