Como norma general, ¿está prohibido adelantar en los pasos a nivel o en sus proximidades?

La regla general establece que está prohibido adelantar en los pasos a nivel y en sus cercanías, incluso si no hay señales específicas que lo indiquen.

Esta normativa se fundamenta en la necesidad de prevenir potenciales accidentes, dado que los cruces ferroviarios suelen presentar condiciones que dificultan la visibilidad y aumentan el riesgo de colisión.

Sin embargo, existe una excepción a esta regla: se permite adelantar a vehículos de dos ruedas, como motocicletas o bicicletas, siempre y cuando no obstruyan la visión lateral y se les advierta de manera adecuada mediante señales audibles u ópticas.
Esta excepción se justifica en el hecho de que estos vehículos suelen ser más ágiles y pueden atravesar el paso a nivel sin representar un riesgo significativo para el tráfico ferroviario o para otros usuarios de la vía.

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