Como norma general, está prohibido cambiar el sentido de la marcha...

Como norma general, está prohibido cambiar el sentido de la marcha en los tramos de vía en los que esté prohibido el adelantamiento.

Esta norma se aplica para garantizar la seguridad vial y evitar maniobras peligrosas en carreteras y calles.

Además de la prohibición en los tramos donde no se permite adelantar, existen otros lugares y situaciones en los que también está prohibido cambiar el sentido de la marcha:
  • Cuando no exista una visibilidad suficiente para realizar la maniobra con seguridad, como en curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, o cuando las condiciones meteorológicas o ambientales disminuyen la visibilidad.
  • En túneles, pasos inferiores y demás tramos señalizados con la señal de "túnel" (S-5).
  • En los pasos a nivel.
  • En los pasos para peatones, en las intersecciones con vías ciclistas y en las proximidades de ambos.

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¿A dónde debemos mirar a la hora de realizar la maniobra de marcha atrás? -A ambos costados o a través de los retrovisores. (media)
¿Cuándo está prohibido hacer un cambio de sentido? -Cuando no hay un lugar adecuado para hacer la maniobra. (media)
Para estacionar, ¿cuántos metros puede circular marcha atrás? -Los mínimos indispensables, y como máximo 15 metros. (media)

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