¿Cómo se denominan los vehículos que tienen preferencia de paso por la urgencia de los servicios que prestan?
1. ¿Cómo se denominan los vehículos que tienen preferencia de paso por la urgencia de los servicios que prestan?
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Tendrán el carácter de vehículos prioritarios los vehículos de los servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y de asistencia sanitaria, que circulen con preferencia de paso en servicio urgente y cuyos conductores adviertan de su presencia mediante la utilización simultánea de la señal luminosa V-1 y del aparato emisor de señales acústicas especiales.
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Un vehículo prioritario circula realizando un servicio de urgencia. Los demás conductores, ¿están obligados a facilitarle el paso?
-Sí, deteniéndose si fuera necesario. (media)
Si entra en una curva a la izquierda a velocidad excesiva, la fuerza centrífuga, ¿puede afectar a la trayectoria del vehículo?
-Sí, se desplazará hacia la derecha de calzada. (media)
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-Desalojar rápidamente a los ocupantes y dejar el paso libre (media)
¿Mediante qué advertencia se avisará de la presencia de un vehículo no prioritario en servicio de urgencia?
-Mediante el claxon o la luz de emergencia (media)
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