Con niebla, cuando el vehículo no dispone de alumbrado antiniebla delantero, ¿qué alumbrado debe utilizar?

Cuando circulando con nuestro vehículo encontremos un tramo de vía afectado por la niebla deberemos encender el alumbrado antiniebla delantero o la luz de corto o largo alcance. En el caso de que el vehículo no disponga de alumbrado antiniebla delantero será obligatorio encender, al menos, las luces de posición junto a las de corto alcance o cruce.

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¿En qué momento deberá finalizar la señalización óptica este vehículo? -Tan pronto como el vehículo haya tomado la nueva trayectoria. (media)

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