Conducir en un carril en sentido contrario al habitual…
Los vehículos que circulen por un carril habilitado en sentido contrario al habitual lo harán siempre, al menos, con la luz de corto alcance o de cruce encendida, tanto de día como de noche y de forma obligatoria. La velocidad máxima que no se podrá sobrepasar en estos carriles es de 80 kilómetros por hora y si circulamos por este carril no podremos desplazarnos lateralmente invadiendo el carril o carriles destinados al sentido normal de la circulación, ni tan siquiera para adelantar a otros vehículos.
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