¿Cuál es la tasa máxima de alcohol en sangre permitida a los conductores con carácter general?

El Reglamento de circulación nos indica que no podrán circular por las vías públicas los conductores de vehículos ni los conductores de bicicletas con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,5 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos por litro. Así pues como regla general la tasa máxima para conducir un turismo será de 0,5 gramos por litro de sangre.

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