¿Cuál es la velocidad máxima permitida para motocicletas en vías Urbanas?
1. ¿Cuál es la velocidad máxima permitida para motocicletas en vías Urbanas?
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La velocidad máxima que no deberán superar los turismos, motocicletas, autobuses, camiones, y otros vehículos en travesías y vías dentro de poblado es de 50 kilómetros por hora. Ésta velocidad máxima no deberá ser rebasada en ningún momento ni tan siquiera para realizar un adelantamiento.
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Si un conductor circula a velocidad inadecuada, ¿lo hace siempre por encima de la velocidad máxima permitida o por debajo de la velocidad mínima establecida?
-No, la velocidad puede ser inadecuada aunque esté dentro de los límites establecidos. (media)
En esta vía urbana que dispone de plataforma única de calzada y acera, en la que no existe señalización específica de velocidad, ¿a qué velocidad máxima se puede circular?
-A 20 km/h. (media)
En esta carretera convencional, ¿a qué velocidad máxima puede adelantar un turismo a partir de Marzo de 2022?
-A 90 kilómetros por hora. (media)
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