¿Cuáles son los únicos vehículos especiales que no están obligados a llevar dos luces de cruce?

Los vehículos especiales autopropulsados agrícolas están obligados a llevar dos luces delante en los bordes del vehículo, excepto los motocultores no aptos para circular de noche.

Los motocultores que si son aptos para circular de noche están obligados a llevar una o dos luces en la parte delantera.

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