¿Cuándo se entiende que una vía está insuficientemente iluminada?
1. ¿Cuándo se entiende que una vía está insuficientemente iluminada?
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El Reglamento de Circulación dice que se considerará que una vía está insuficientemente iluminada cuando no se pueda leer la matrícula del vehículo que nos precede a 10 metros o no se puede distinguir un coche oscuro a 50 metros.
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Con niebla que reduce sensiblemente la visibilidad, ¿está permitido conducir solo con los alumbrados de posición y corto alcance?
-Sí, cuando el vehículo no dispone de luces antiniebla delanteras. (media)
¿Deben ser del mismo color las luces reflectantes que tienen la misma finalidad (p.ej los intermitentes)?
-Sí, deben ser siempre del mismo color (media)
Cuando visualizamos esta señal, deberemos encender como mínimo...
-El alumbrado de corto alcance o cruce. (media)
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