¿Cuántos espejos retrovisores llevará como mínimo un turismo?
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Un turismo debe llevar como mínimo dos espejos retrovisores.
Según la normativa, estos son un espejo retrovisor exterior izquierdo (clase III) y un espejo retrovisor interior (clase I).
El espejo interior debe permitir al conductor ver al menos una parte de la carretera plana y horizontal desde el horizonte hasta 60 metros por detrás del vehículo, y en una anchura de 20 metros.
El espejo retrovisor exterior izquierdo es esencial para proporcionar una visión adecuada del lado izquierdo y trasero del vehículo, especialmente importante para maniobras como adelantamientos y cambios de carril.
Por otro lado, el espejo interior permite una visión general de la parte trasera del vehículo.
En algunos casos, como cuando el espejo interior no proporciona la visión adecuada debido a la carga, remolque, o cualquier otra obstrucción, se hace obligatorio el uso de un espejo retrovisor exterior derecho.
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