¿Debemos facilitar y ceder el paso a los vehículos que se aproximen por nuestra derecha si no existe señalización de prioridad de paso?

En defecto de señalización que regule la prioridad de paso en una intersección, el artículo 21.2 de la Ley de Seguridad Vial establece que los conductores estarán obligados a facilitar y ceder la prioridad de paso a los vehículos que se aproximen por su derecha. Existen excepciones como en el caso de los vehículos que circulen por raíles, los cuales siempre tendrán prioridad de paso frente a los demás usuarios de la vía.

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