Durante el día, un turismo transporta una carga que sobresale por detrás, ¿está obligado a señalizarla?
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Si durante el día, y en condiciones de visibilidad normales, transportamos en nuestro turismo una carga que sobresale por la parte trasera del mismo, estaremos obligados a señalizar dicha carga con un panel reglamentario de 50 por 50 centímetros, pintado con franjas diagonales alternas de color rojo y blanco y colocado en el extremo posterior de la carga. Dicho panel será obligatorio para todo tipo de vehículos y no únicamente para los dedicados al transporte de mercancías.
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