El arcén de la derecha es transitable y suficiente. ¿Qué vehículos deben circular por él, como norma general?

Cuando se trata de ciclos, ciclomotores y vehículos para personas de movilidad reducida, la norma general establece que deben circular por el arcén de la derecha, siempre y cuando este sea transitable y suficiente para su desplazamiento.

Esto significa que, en ausencia de una vía específicamente destinada para estos vehículos, el arcén puede ser utilizado como su ruta principal de circulación.

El arcén es esa franja adyacente a la calzada que generalmente se encuentra a la derecha y que está reservada para casos de emergencia o para el uso de peatones y ciclistas.

Sin embargo, si el arcén no cumple con las condiciones necesarias para ser transitado de manera segura o simplemente no existe, entonces estos vehículos tienen permitido utilizar la parte imprescindible de la calzada.
Esto significa que pueden circular ocupando el espacio mínimo necesario en el carril de la carretera, siempre manteniendo la máxima precaución y respetando las reglas de circulación.

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