El personal de protección civil, ¿puede impedir el acceso de vehículos al itinerario afectado por una actividad deportiva?

1. El personal de protección civil, ¿puede impedir el acceso de vehículos al itinerario afectado por una actividad deportiva?

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Cuando se celebre en la vía una actividad deportiva en la que se recomiende establecer limitaciones a la circulación de vehículos por carretera, la autoridad responsable del tráfico en ese momento podrá habilitar al personal de protección civil para que impida el acceso a dicha zona.

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