¿El titular de un permiso de categoría B con más de 3 años de antigüedad puede conducir una motocicleta?

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Las personas que dispongan del permiso de la clase B en vigor y con una antigüedad superior a tres años, podrán conducir dentro de las carreteras españolas únicamente las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1.

También podrán conducir ciclomotores pero no motocicletas de las que autoriza el permiso A por ejemplo.

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