En ausencia de señalización específica, ¿qué velocidad máxima no deberá ser rebasada por los vehículos a motor en la vía urbana de la imagen?

En ausencia de señalización específica, la velocidad máxima que no deberá ser rebasada por los vehículos a motor en la vía urbana mostrada en la imagen, con dos carriles para el mismo sentido es de 50 km/h.
Esta norma se aplica a las vías urbanas que cuentan con más de un carril por sentido de circulación como en este caso.
Los límites de velocidad genéricos en vías urbanas son los siguientes:
  • 20 km/h en vías con plataforma única de calzada y acera.
  • 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.
  • 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación y en travesías, con un mínimo de 25 km/h.
Cabe destacar que los carriles reservados para la circulación de determinados usuarios o para uso exclusivo de transporte público no se contabilizan en este cómputo.
La autoridad municipal tiene la potestad de reducir estos límites mediante señalización específica.
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