¿En cuál de éstas situaciones NO se podrá invadir el sentido contrario con línea continua para adelantar?

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Se podrá adelantar invadiendo el sentido contrario en los siguientes casos:

  • Adelantamiento a ciclistas, ciclomotores, peatones, animales, vehículos de tracción animal (distancia lateral mínima de seguridad de 1,5 metros)
  • Al esquivar obstáculos y otros elementos en la vía (ej: Vehículos inmovilizados)

En caso de necesitad, el vehículo podrá cruzar una línia continua.

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